La Audiencia Nacional tumba la Guía biométrica de la AEPD: ¿Vía libre para fichar con huella? No exactamente.
En los últimos días, muchos departamentos de RR. HH. y áreas jurídicas han levantado la ceja. La Audiencia Nacional ha anulado la conocida Guía de la AEPD sobre el uso de la huella dactilar y el reconocimiento facial para fichar. Y, como era de esperar, ha surgido la pregunta: “¿Podemos volver a usar la huella sin complicaciones?”
La tentación de pensar que sí es comprensible. Pero la realidad jurídica es bastante más matizada.
Un tirón de orejas formal, no un cambio de criterio:
Lo que ha hecho el tribunal no es abrir la puerta a la biometría laboral. Lo que señala es que la AEPD publicó una guía que, por su contenido y efectos, debería haberse tramitado como una circular. No lo hizo. Y por eso se anula.
La clave está aquí: la sentencia tumba el “cómo”, pero no el “qué”.
El RGPD sigue exactamente donde estaba. Los datos biométricos continúan siendo una categoría especial y su uso exige una justificación sólida de necesidad, proporcionalidad y ausencia de alternativas menos intrusivas.
La biometría laboral sigue siendo excepcional:
Aunque la Guía desaparezca, las obligaciones no cambian. En la práctica, esto significa que las empresas deben seguir demostrando lo siguiente:
- La biometría implica tratamiento de categorías especiales.
- Requiere demostrar estricta necesidad.
- No existen alternativas menos intrusivas.
- La EIPD es obligatoria.
- El análisis de riesgos debe ser reforzado.
- La proporcionalidad debe estar documentada y justificada.
- La AEPD ha sancionado repetidamente el uso de huella cuando no estaba justificado.
En otras palabras: el fichaje con huella sigue sin tener vía libre.
¿Qué cambia realmente para las empresas?:
La Guía de la AEPD cae, sí, pero el estándar de exigencia permanece:
- La AEPD tendrá que rehacerla con el procedimiento adecuado.
- Las inspecciones ya no pueden apoyarse automáticamente en ese documento concreto.
- La carga de la prueba sigue siendo de la empresa.
- El riesgo jurídico permanece intacto.
La pregunta importante no es “¿está permitido fichar con huella?”
La pregunta correcta es:
“¿Puedo justificar jurídicamente que, en mi caso concreto, necesito un sistema biométrico y no existe una alternativa menos intrusiva?”
Esa diferencia es esencial y es donde realmente se juega la seguridad jurídica.
Impacto en SGSI, gobernanza y cumplimiento:
Para organizaciones que trabajan con marcos de seguridad y gobernanza, esta sentencia no modifica las obligaciones esenciales. Sigue siendo necesario:
- Revisar la base jurídica,
- Comprobar la necesidad y proporcionalidad,
- Analizar alternativas disponibles,
- Realizar una EIPD sólida,
- Documentar decisiones y riesgos,
- Mantener políticas y procedimientos actualizados.
La seguridad jurídica no depende de una guía vigente o anulada. Depende de la capacidad de la organización para demostrar que su tratamiento es lícito, necesario y proporcional.
Conclusión: calma, sí; euforia, no:
La Guía se ha anulado. El debate sobre la biometría, no.
Las empresas deben seguir actuando con rigor, gobernanza y documentación sólida. Antes de rescatar el lector de huellas del fondo del armario, conviene asegurarse de que la decisión está bien fundamentada y alineada con el marco normativo.
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